El Pueblo ecuatoriano, ve con asombro, como en la Asamblea Nacional, se aprueban leyes en favor de los delincuentes, con el falso argumento: “de proteger los derechos de las mujeres, niñas, adolescentes y de los ciudadanos en general, en los casos de acoso, hostigamiento y por divulgación de fotografías íntimas.”
Por: Dr. Ramiro Borja Gallegos.
La Función Legislativa, tiene entre sus obligaciones, dictar leyes que busquen el Bien Común y den la seguridad jurídica a la sociedad. Sin embargo el 6 de mayo del 2021 aprueban: “Reformas al Código Orgánico Integral Penal para prevenir y combatir la violencia sexual digital y fortalecer la lucha contra los delitos informáticos.”, entre las reformas consta el artículo 178 que habla de la “Violación a la intimidad”, mediante la cual se pretende coartar la libertad de expresión de los periodistas, comunicadores sociales y del Pueblo en general.
La Constitución de la República, expresa que: Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a una comunicación libre, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, así como a buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, señala en su artículo 19: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.”
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, manifiesta en su artículo 19: “Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.”
La Asamblea aprueba dicha reforma, sin analizar y entender los alcances de las diferentes disposiciones legales, las aceptan y dicen que se aprobaron luego de socializar las mismas; lo hacen por ignorancia o mala fe. No se puede entender, como pretenden coaccionar al Pueblo, para que no denuncie, a los delincuentes comunes y de cuello blanco, logrando su impunidad, defendiendo la corrupción.
La responsabilidad entregada por el Pueblo Ecuatoriano a la Asamblea, le quedo muy grande, tanto por sus conocimientos en materia legal, como en materia ética y moral.
Señor Presidente de la República, Usted tiene la obligación moral de vetar dicha Ley, aprobada por la Asamblea, de manera inconsciente, porque viola la Constitución y los Convenios Internacionales de Derechos Humanos, en virtud que tiene como fin, coartar o restringir la libertad de expresión del Pueblo ecuatoriano.
Liu Xiaobo, dijo: “La libertad de expresión es la base de los derechos humanos, la raíz de la naturaleza humana y la madre de la verdad.”
La honestidad es un regalo muy caro, no la esperes de gente barata.
SÓLO EL PUEBLO SALVA AL PUEBLO.
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