Por decisión de la directora encargada del INPC, Catalina Tello, se entregará el edificio del INPC, conocido como CIMPC, (Centro de Investigación de la Memoria y el Patrimonio Cultural) al Ministerio de Cultura y Patrimonio para ser utilizado como espacios para los bienes patrimoniales que están almacenados en las reservas del edificio del Aranjuez. Está acción se la realiza totalmente al margen del pedido y criterio técnico de los funcionarios del INPC, expuesto en varios informes. Entregar bajo alguna figura “legal” el edificio del CIMPC solo resquebrajará y desarticulara más la institucionalidad del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural y por lo tanto debilitará la gestión técnica integral para la Investigación y Salvaguarda del Patrimonio Cultural de todos los ecuatorianos.
Hay que considerar que el edifico del CIMPC es el único bien inmueble que es de propiedad del INPC, pues fue traspasado a dominio pleno del Instituto por el MAGAP, las escrituras de transferencia de esta edificación fueron hechas con propósitos específicos para ser un espacio vinculado a la reserva técnicas del INPC donde se almacenan bienes culturales y patrimoniales, producto de incautaciones, recuperación y repatriación.
En el edificio del Centro de Investigación de Memoria y el Patrimonio Cultural (CIMPC), actualmente está ubicado procesos de atención y servicio público, como:
- El Centro Documental con los archivos técnicos de INPC por cerca de 40 años,
- Biblioteca especializada de patrimonio cultural,
- Planoteca,
- Área de Geomática y consulta geoespacial del patrimonio cultural,
- Archivo y laboratorio de Fotografía patrimonial,
- Dirección de Investigación e Innovación
- Dirección de Transferencia del Conocimiento,
- Data Center de respaldo del SIPCE,
- Sala de usos múltiple y auditorio,
- Sala de interpretación y exposiciones permanente del patrimonio cultural recuperado “De vuelta en casa”.
Aproximadamente 2 millones de dólares le costó al INPC habilitar el edificio para el propósito señalado que hoy se pretende desnaturalizar y entregar al Ministerio de Cultura y Patrimonio por parte de la directora encargada del INPC. Es así, que ante la falta de atención de las autoridades de las 2 instituciones, nosotros como técnicos del INPC, involucrados directamente en los procesos descritos hemos firmado y entregado al ministerio de Cultura una carta abierta donde se expone y argumenta la necesidad de que el edificio continúe siendo propiedad del INPC y utilizado para los fines que fue adecuado. En la carta citamos varios informes técnicos levantados sobre el uso del edificio, mismo que no han sido considerados por las autoridades.
De cumplirse el traspaso del CIMPC al ministerio de Cultura se estaría contrariando el propósito de la entrega legal que el MAGAP hizo a favor del INPC, lo cual podría caer en una causal para revertir el proceso de traspaso del bien inmueble; además que se está precarizando los procesos técnicos de investigación y salvaguarda del patrimonio cultural y vulnerando incluso el proceso de fortalecimiento institucional que ha mantenido el INPC en los últimos años.
Cambiar la naturaleza, los fines y los usos que estaban dispuestos en los propios instrumentos legales, sobre los procesos que actualmente funcionan en el edificio del CIMPC, no solo afectaría el servicio público que tiene el Instituto, sino también la naturaleza y la seguridad jurídica del único inmueble propiedad del INPC. Se prefiere debilitar y desnaturalizar a una institución técnica en lugar de fortalecerla.
Prefieren debilitar al propio Sistema Nacional de Cultura y al propio Instituto Nacional de Patrimonio Cultural para que pueda operar un proceso y una gestión institucional del Ministerio de Cultura, sin poder llegar a medir las consecuencias graves que puede ocasionar a la gestión propia del INPC.
Para que el CIMPC sea entregado al ministerio de Cultura, se está dividiendo los procesos y al equipo técnico, enviándoles a diferentes dependencias distantes una de otra, incluso, para hacerlo oficinas se desmonto el Salón de los Artesonados, donde se encuentra una exposición permanente referente a la vida de Jacinto Jijón y Caamaño, propuesta museográfica de la casa “Circasiana” auspiciada y gestionada por la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI), como parte de una política de ciudadanizar los edificios culturales y abrir las puertas de la circasiana al público.
Finalmente, vemos con mucha preocupación, que con la actual administración no se está respetando los procesos de vinculación y desvinculaciones de personal a la institución, irrespetando los procesos administrativos y legales, debilitando el trabajo técnico e institucional con personas con poca experiencia en el ámbito patrimonial.
Esta carta la hacemos con la finalidad de evitar responsabilidades ulteriores de los órganos de control, enunciamos lo establecido en el artículo 233 de la Constitución del República del Ecuador, que indica:, y el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, que indica: “Órdenes superiores.- Ningún servidor, funcionario o empleado de las instituciones del Estado, podrá ser relevado de su responsabilidad legal alegando el cumplimiento de órdenes superiores, con respecto al uso ilegal, incorrecto o impropio de los recursos públicos de los cuales es responsable. Los servidores públicos podrán objetar por escrito, las órdenes de sus superiores, expresando las razones para tal objeción. Si el superior insistiere por escrito, las cumplirán, pero la responsabilidad recaerá en el superior. Esta disposición se aplicará en armonía con lo dispuesto en la LOSEP.
“POR LA RECUPERACIÓN DE LA INSTITUCIONALIDAD Y DEFENSA DEL PATRIMONIO CULTURAL”
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