[1:09, 14/12/2023] Alfredo Espinoza: Que nadie se engañe, la proactividad y el ímpetu inusual del correísmo por impulsar a toda costa cambios a las reglas del juego electoral con miras al 2025, responden no exclusivamente a la gobernabilidad, sino a su necesidad de retornar a la Asamblea Nacional como partido predominante y bloque de mayoría, todo esto, al calor de los resultados obtenidos tanto en las elecciones seccionales como en las legislativas de 2023. Consecuentemente, la reforma de fondo que impulsa la Revolución Ciudadana para maximizar el reparto de escaños en su beneficio, es cambiar el método Webster y retornar a un viejo conocido: el método D´hont, reformando el artículo 164 del Código de la Democracia. Este método, que se caracteriza por desestimular la representación de las minorías políticas, se introdujo por primera vez en el país hace 23 años y que se lo aplicó en las elecciones generales de 2002, 2006, 2013 y 2017, a sabiendas de que, en 2013, el correísmo obtuvo 100 de las 137 curules (casi un parlamento unipartidista) y en 2017, alcanzó 74 (mayoría absoluta).
La intención, la prioridad de la Revolución Ciudadana, es clara, afianzar su poder parlamentario en las elecciones generales del 2025, para seguir gravitando en la órbita política de los pactos y repartos (hoy denominados tregua) con el Ejecutivo; sin descartar el uso de prácticas como el chantaje, la obstrucción y potencialmente el golpismo institucional como ocurrió con Lasso. Y, si es que llegan a ser gobierno, allanar el camino -vía alza manos y genuflexión- para subsumir la Función Legislativa a los dictámenes de Carondelet o del ático, donde quiera que este se encuentre.
[1:10, 14/12/2023] Alfredo Espinoza: ¿Se necesita cambiar el método de asignación de escaños para tener gobernabilidad en el país? No, porque el problema real es de cultura política, de la incapacidad de las élites para deponer agendas particulares y gestionar espacios de diálogo y consenso. Tanto es así que, en Ecuador, los dirigentes partidistas -que deberían ser los llamados a fortalecer sus organizaciones- han promovido, desde el retorno a la democracia hasta la presente, la desinstitucionalización de sus propias tiendas. Este contrasentido ha hundido en un pozo séptico al sistema de partidos. Salir de ello, demanda una reforma seria al Código de la Democracia que va más allá del cambio en el método de asignación de escaños; esto implica eliminar por completo el transfuguismo y, con ello, este negocio rentable de los independientes al interior de la Asamblea Nacional.
Dicho en fácil, el problema de la gobernabilidad no radica -como nos quieren hacer creer- en el método de asignación de escaños, sino en el transfuguismo y en las curules que mantienen los “independientes”. Ese es el foco histórico de la dispersión legislativa.
Según datos del Observatorio Legislativo de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo (FDC), en el periodo 2017-2021, el Parlamento tuvo 65 legisladores independientes, mientras que el periodo 2021-2023, se registraron 23 casos. La actual Asamblea postmuerte cruzada tampoco es ajena a esta lógica perversa de las voluntades fluctuantes y los camisetazos por prebendas e intereses particulares, pues días antes de su sesión inaugural, varios legisladores abandonaron los partidos y movimientos que los auspiciaron y por los que obtuvieron su curul.
¿Qué hacer para cambiar esta realidad? Hay que modificar el artículo 95, numeral 2 del Código de la Democracia, que estimula la militancia itinerante (electoral) para incorporar la permanencia de al menos dos años en una misma organización política como requisito para ser candidato, con una salvedad, partidos y movimientos deberían tener solo un 10% de invitados. Algo que hoy en día no existe porque los caudillos relegan a su semillero político para dar cabida a deportistas, periodistas de farándula, animadores y demás gente que alquila y transacciona espacios para integrar las listas y llegar al poder para operativizar sus agendas particulares a costa de la degradación institucional de las tiendas políticas que los auspiciaron.
A esto se suma un hecho concreto: ¿Por qué si la forma de votación en las elecciones pluripersonales es a través de listas cerradas y bloqueadas, como establece el artículo 120 de la normativa electoral -es decir, por partidos y no por personas- todavía existe y tiene peso la figura de independientes en la toma de decisiones de la Asamblea Nacional? La misma Ley Orgánica de la Función Legislativa, en su artículo 117, estimula la presencia de los independientes al reconocerles el derecho a formar bancadas. Sin embargo, si los ciudadanos votan por listas y no entre listas (por candidatos de distintas tiendas) lo correcto sería impulsar una reforma a la norma legislativa para que los asambleístas que se desafilen o sean expulsados del partido o movimiento que los auspició (previo proceso disciplinario) pierdan su curul.
¿La pérdida de la curul atentaría contra voluntad soberana expresada en las urnas? De ninguna manera, porque los ciudadanos sufragan por partidos y movimientos. Es más, para ser preciso, si los candidatos dejan de lado a la organización que los auspicia, se estaría vulnerando la voluntad popular, como, en efecto, ocurre ahora. Sin embargo, para no dar rienda suelta a vendettas, hay que democratizar y transparentar los procesos disciplinarios al interior de las distintas tiendas políticas para que se respete el principio elemental de unidad en la diversidad.
De nada servirá impulsar una reforma al artículo 99 del Código de la Democracia para segmentar y estratificar los ámbitos de participación de las organizaciones nacionales y locales en la competencia electoral (partidos y movimientos nacionales para las elecciones generales y tiendas políticas locales para cada provincia, cantón y parroquia), si los candidatos hacen de la itinerancia electoral e inorgánica su modus operandi para llegar al poder, porque esto también deprecia la calidad de la representación.
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