La comunidad ancestral Ai Cofan de Sinangoe, celebra como un hecho histórico y como un precedente en la lucha por los derechos colectivos, “la decisión del juez Jorge Enrique Sacancela Cusi, de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Gonzalo Pizarro (Sucumbíos), con sentencia a favor de la comunidad Ai Cofan y Defensoría del Pueblo, que declara la vulneración de derecho a la consulta previa, libre e informada, establecido en el artículo 57.7 de la Constitución, y disponiendo la inmediata suspensión de todas las concesiones mineras otorgadas o en trámites, dado que de iniciarse acciones de prospección, exploración o explotación, los derechos al agua, territorio y vida de la comunidad Ai Cofan de Sinangoe y de las comunidades ribereñas al Aguarico se verían comprometidas”, como dicta el comunicado de dicha comunidad respecto a la sentencia referida, este 8 de agosto en la provincia de Sucumbios en el Oriente ecuatoriano.
Esta sentencia de primera instancia, a su vez, será apelada por el pueblo ancestral Ai Cofan y la Defensoría del Pueblo, puesto que ara ya de prever el uso del recurso de apelación respectivo por parte del Ministerio de Minas, ARCOM y Procuraduría, y asimismo, a su debido tiempo MAE y SENAGUA… La razón del pueblo Ai Cofan y Defensoría del pueblo para un recurso de apelación, es que aunque el juez en su motivación ha apelado y analizó derechos de la naturaleza, al agua, al ambiente sano y a la alimentación, no han sido declarados como vulnerados. Esto con el fin de que el tribunal ratifique su sentencia.
.@denisseteleSUR los Ai Cofan de Sinangoe mantenemos firme nuestra lucha por territorio libre de minería. Se han otorgado 20 conseciones sin consulta previa y 30 están en trámite afectando ríos agurico, chingual, cofanes de ellos depende nuestra vida y cultura #JusticiaSinangoe pic.twitter.com/HmjDKhOmhQ
— Cofanes Sinangoe (@CofanesS) 21 de julio de 2018
Se espera la suspensión de todas las actividades mineras concesionadas por el Ministerio de Minas en las riberas de los ríos Aguarico, Chingual y Cofanes, puesto que se entienden como suficientes las pruebas de los daños al medio ambiente, al agua y a la salud.
EP/ET/Agosto/2018
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